Guía: Residencia para prácticas profesionales

¿Qué es la residencia para prácticas profesionales?

Es una autorización de residencia mediante un convenio de prácticas o un contrato de trabajo como practicante, con la finalidad de mejorar los conocimientos profesionales. Tiene una duración entre 6 meses y 1 año.

¿Quiénes pueden aplicar?

Estudiantes extranjeros, no comunitarios, que se encuentre dentro o fuera de España.

¿Cuáles son los requisitos y condiciones? 

Requisitos 

  • Impreso del modelo EX-04 firmado por la entidad que hace el convenio o contrato de prácticas
  • Documento acreditativo haber sido admitido o contratado según el tipo de residencia para prácticas por la entidad pública o privada
  • Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia, para convenio de prácticas sin trabajo
  • No tener prohibida la entrada en España ni figurar como sujeto rechazable en algún país en convenio con España
  • No encontrarse irregularmente en territorio español
  • No estar dentro del período de compromiso de no retorno a España
  • No tener antecedentes penales (últimos 5 años)  
  • No padecer enfermedades que tengan repercusiones de salud pública graves, de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Condiciones:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión
  • Ser estudiante que haya obtenido un título de educación superior en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud o estudiante que se encuentren cursando un título de educación superior al momento de la solicitud
  • Procesar la solicitud durante los estudios o una vez finalizados
  • Puede ser por convenio de prácticas, no remuneradas por lo que no hay contrato laboral y una vez se finalice no se puede renovar
  • Puede ser por contrato de prácticas que tiene de por medio un contrato laboral, éstas son remuneradas y habilita a trabajar
  • Las prácticas deben estar dentro del mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios realizado
  • Si no hay contrato de trabajo en prácticas, tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
    • Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, si se tiene abonado el alojamiento, será del 50% del IPREM
    • Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite tener abonado de antemano el alojamiento

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud la hace el empresario o la entidad de acogida y debe hacerse a través de medios electrónicos. La solicitud se realiza en la Oficina de Extranjería donde se vayan a desarrollar  las prácticas, de forma online a través de sede electrónica del Ministerio de Política Territorial.

¿Qué hacer una vez te sea concedida la residencia?

Para convenios o contrato de prácticas superiores a 6 meses, un vez se encuentre en territorio español se debe solicitar la tarjeta de identidad de extranjeros (TIE) modelo oficial (EX 17), en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde esté empadronado, abonando previamente la tasa de la tarjeta (tasa 790 código 012). 

¿Cómo se renueva esta residencia?

Esta residencia puede renovarse presentado los requisitos y condiciones para una nueva residencia para prácticas profesionales o modificarse, si la residencia para prácticas estuvo vigente al menos 1 año, a:

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Residencia temporal y trabajo por cuenta propia