Guía: Residencia temporal y trabajo por cuenta propia

¿Qué es la residencia temporal y trabajo por cuenta propia?

Es un permiso de residencia temporal y de trabajo, solicitada por un ciudadano extranjero para llevar a cabo una actividad laboral lucrativa por cuenta propia en el territorio español.

¿Quiénes pueden aplicar?

Extranjeros que se encuentren fuera de España o dentro del territorio español que tengan una residencia vigente.

¿Cuáles son los requisitos y condiciones? 

Requisitos 

  • No encontrarse irregularmente en territorio español
  • No tener prohibida la entrada en España ni figurar como sujeto rechazable en algún país en convenio con España
  • No estar dentro del período de compromiso de no retorno a España
  • No tener antecedentes penales (últimos 5 años) 

Condiciones:

  • Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada
  • Poseer la cualificación profesional legalmente exigida o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional. Es importante tener el título profesional homologado
  • Demostrar que la inversión prevista para la implantación del proyecto sea suficiente
  • Disponer de recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento

¿Dónde se presenta la solicitud?

En la oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia de forma presencial

¿Qué hacer una vez te sea concedida la residencia?

En el plazo de un mes, la misión diplomática resolverá su solicitud de visado. Una vez concedido, contará con un mes para recoger el visado. Si no lo hiciera, se entiende que renuncia a él.

Este visado tiene una vigencia de tres meses, plazo en el que deberá entrar en territorio español. A partir de su entrada, dispondrá de tres meses para afiliarse, darse de alta y empezar a cotizar según los términos establecidos por la Seguridad Social.

En el plazo de un mes desde que se haya dado de alta como trabajador en la Seguridad Social, deberá solicitar su tarjeta de identidad de extranjeros (TIE) modelo oficial (EX 17), en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde tramite su autorización, abonando previamente la tasa de la tarjeta (tasa 790 código 012).

¿Cómo se renueva esta residencia?

Esta residencia puede renovarse presentado los requisitos y condiciones para una nueva Residencia temporal y de trabajo por cuenta propia. 

La vigencia de la renovación es por 4 años.